lunes, 19 de enero de 2015

LA REGENERACIÓN POLÍTICA DEBERÍA EMPEZAR POR EXCLUIR DE LAS LISTAS ELECTORALES A LOS IMPUTADOS


Lo de la regeneración política es algo que se viene oyendo últimamente por el escandaloso número de casos de corrupción política coincidente con una crisis económica grave que está evidenciando una crisis política no menor, pero ha sido un recurso socorrido de los políticos cuando han querido “vender humo”, sobre su supuesta bondad frente a la maldad de aquellos presumibles corruptos, ignorando la condición humana y por ello, la previsión de mecanismos políticos de control que impidan o dificulten prácticas corruptas.
Pero una vez sucedido el hecho de supuesta corrupción, dada la histórica lentitud de nuestra justicia (condicionada por recursos procesales de parte, e incluso por indeseables interferenias, amen de que un “patinazo judicial” le cuesta la carrera al que lo sufra –como hemos tenido ocasión de comprobar en varios casos-), resulta que suele mediar un tiempo procesal lento hasta un posible archivo o una probable sentencia, que la mayoría de las veces ronda varios años. En tal situación ver al imputado en el ejercicio de su cargo público aparenta cierto grado de impunidad, y por ende, cierta provocación hacia una ciudadanía que en alto grado de cabreo, como el actual, desconfía cada vez más de los políticos y de las Instituciones públicas, llevando acompañado un alto grado de degradación de la vida política y democrática del país.
Si a ello añadimos que la prensa –en el ejercicio de su labor, en pro de la libertad de expresión- recuerda la situación judicial de los cargos públicos imputados por corrupción, y da la noticia de la lenta evolución procesal de sus respectivos casos; cuando se juntan varias decenas de casos, la percepción de la opinión pública es altamente negativa, oscureciendo la labor benemérita de parte de la clase política que –no sólo no está afecta por estos escándalos- sino que cumple con su trabajo y misión.
En consecuencia, en tales circunstancias, como mínimo hemos de reconocer que el mantenimiento de los imputados por corrupción en los cargos públicos es un lastre para ellos mismos (que estarán siempre en primera plana de la prensa señalados bajo sospecha), de sus propios partidos políticos (que perderán credibilidad ante el electorado), y de las mismas Instituciones públicas en que se asienta el sistema político (de las que el ciudadano recelará, desconfiando, abriéndose paso una peligrosa desafección en el sistema democrático por el divorcio con la ciudadanía desengañada y cansada de tanto mal rollo).
Por consiguiente, parece más que recomendable que los partidos políticos –que están clamando por la regeneración de la vida política, y por la transparencia de la misma- empiecen por aplicar drásticas medidas de cambio (como la exclusión de las listas electorales de los imputados en corrupción), como mensaje de cambio determinante de rumbo y limpieza general. Incluso no estaría de más recordar que el PP de la época de Aznar incluyó en su código ético la exclusión de los cargos públicos imputados judicialmente, aunque con su acceso al poder han ido relajando tan claro propósito de praxis etico-política.
De ahí que el imputado pueda y deba así dedicarse a defender su gestión pública, a explicarse (pero fuera del cargo público, sin enrocamientos políticos y sectarios, como hemos tenido ocasión de vislumbrar en los últimos tiempos, que no han sido nada ejemplares).
Y frente a los que argumentan sobre la primacía de la presunción de inocencia y los ulteriores perjuicios de un abandono del cargo público de un imputado que fuera finalmente declarado inocente en sentencia; habría que contestarles que tal argumentación tiene una base jurídica –más que política-, y que estamos en el terreno de la política en el que el ejercicio de la misma es un servicio a la ciudadanía (no un beneficio personal, aunque conlleve estimables retribuciones, según dedicación), pero su raíz electiva directa (o indirecta en caso de cargos públicos de libre designación –o confianza política-) supone un acceso basado en la confianza pública sobre una persona, no es un proceso de selección de tipo técnico (al modo funcionarial, que genera sus derechos y obligaciones de carrera), sino una elección por un tiempo para una determinada misión pública en base a esa confianza, en cuyo caso, si la confianza pública se debilita (y de hecho se debilita ante una imputación judicial, ya que supone una investigación judicial ante una sospecha de cierta entidad, pues si no ni se hubiera admitido a trámite la investigación, ni se hubiera imputado), el cargo público imputado debería dimitir o ser cesado, pues la confianza pública inicial ha quebrado, tornándose en cierto grado de duda sobre su actuación y nivel de confianza.
En tal actuación, no debería hablarse de perjuicio personal pues todo cargo político es de libre elección (por ello es temporal y de confianza pública), no es una carrera que se perjudica, sino un servicio que ante la duda dejaría de prestarse, se aclararía el caso sujeto a investigación sin ningún  tipo de presión o privilegio político (pues el sentido del aforamiento –en el excesivo número de cargos públicos que tienen este privilegio procesal en España, y que debería reducirse- venía referido a supuestos delitos de opinión cometidos en el ejercicio de su cargo), y tras ello, si sale sin mácula, la duda se ha disipado y que se vuelva a postular para servir al pueblo, y a ver qué piensa de ello el pueblo.

Pero lo que nos parece un disparate, que va “contra natura” de la propia democracia, es la presentación de candidatos imputados en las listas electorales. Algo que además se contradice con la manifestada voluntad de acabar con la corrupción pública por parte de quien así actúe, arriesgándose a que una ciudadanía democráticamente madura rechace su pretensión, pero en el caso que prosperara llegaría a depauperar el propio régimen democrático.

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