jueves, 6 de diciembre de 2012

LAS GRIETAS CONSTITUCIONALES EN EL DÍA DE LA CONSTITUCIÓN



Se celebra otro año más el día de la Constitución, que en 1978 posibilitó la transición ordenada de un régimen dictatorial a una democracia de porte occidental. Esa misma Constitución otrora alabada, y hoy cuestionada en algunos de sus aspectos –más o menos sustanciales-.
Así en este día de conmemoración de este benéfico hecho de orden jurídico político, que nos ayudó a articular nuestra organización estatal, a entendernos, a posibilitar el diálogo político y social entre los españoles, y a favorecer una economía social, hemos de hacer recuento tanto de lo logrado como de lo frustrado, de lo conseguido y de lo perdido –tras haberse conseguido-, y sobre todo de los requerimientos de los nuevos tiempos que estas tres décadas de historia han ido presentando.
Consecuentemente, como en todo balance hay dos partidas: “el haber” y “el debe”, y finalmente un saldo de la cuenta que nos revele si el resultado es positivo o negativo.
Nuestra Constitución tiene en su “haber” la democratización de la vida pública del país, su modernización, y la normalización de la vida política e institucional en parámetros homologación democrática, que han hecho factible la prolongada y pacífica convivencia –que en nuestra historia reciente de los siglos XIX y primera mitad del XX no ha sido habitual-, y sobre todo ha posibilitado el arreglo casi total de algunas de las grandes fisuras de nuestra sociedad, en torno a la solución de la “cuestión religiosa” y el ajuste de la “cuestión social” –esta última, en peligrosa regresión con ocasión de la crisis económica-. Y sigue teniendo abierta la fisura –que está creciendo dramáticamente- del problema “territorial” del País, sobre la base de la problemática de los nacionalismos centrífugos no cooperativos que apuntan hacia tesis secesionistas, y una torpe política estatal de falta de iniciativa propia, más allá del atrincheramiento en propias posiciones. Problema, que hemos de cargar en “el debe” de nuestra Constitución pues el Título VIII ha dejado torpemente abierta la cuestión autonómica, que ha generado una espiral de demanda competencial hasta el propio independentismo.
Por consiguiente, lo que antes era una petición de reforma del Título VIII de la Constitución, ahora es una urgente necesidad, que ha de apuntar hacia fórmulas factibles de compromiso interterritorial, que difícilmente podrá bajar del esquema federal de Estado.
De la mano de la anterior cuestión, y dada la existencia de Cámaras Legislativas en todas las Autonomías, parece lógica la reforma Constitucional tendente a la supresión del Senado –pues así carece de su labor de Cámara territorial, y de paso se contribuiría al ahorro público-.
Igualmente el tema de la sucesión de la Corona sigue pendiente de arreglo, pues no parece lógico mantener la contradicción constitucional de declarar la igualdad entre el hombre y la mujer y al tiempo preferir en el orden de sucesión de la Corona al hombre sobre la mujer. Algo asignable al “debe” de nuestra cuenta.
Con el transcurso del tiempo, parece que no resulta muy recomendable la existencia de una jurisdicción constitucional con sede en un Tribunal Constitucional, separado del orden jerárquico judicial –en la medida que no conforma una Sala del Tribunal Supremo-, pues tal configuración se ha revelado en la práctica altamente perturbadora en el funcionamiento del propio “Estado de Derecho” en cuanto a las disensiones perjudiciales entre poderes del Estado, en casos de gran relevancia política. Por tanto, dada la necesidad de ahorro público, parecería lógico reformar la normativa legal para que transformar el Tribunal Constitucional en una Sala del Tribunal Supremo, en vez de que se mantenga con sede jurisdiccional propia. Y así nos ahorraríamos algo más que dinero…, también algún que otro disgusto en cuestiones que suponen gravosas facturas para el Estado.
Y sobre todo, habría que reforzar todo lo concerniente a la configuración de las libertades públicas –para que no se cercenen-, y lo relativo al “Estado Social” pilar clave del arreglo y pacificación de la sociedad española, que en los últimos años –so pretexto de la crisis- se está recortando de forma escandalosa y grave. No parecen compatibles con tal declaración constitucional determinado tipo de políticas neoliberales, que habrían de buscar no sólo el apoyo electoral coyuntural sino también la legitimación jurídico-política con una reforma constitucional que plantee abiertamente ese importante cambio de la configuración constitucional de nuestro Estado. Pues de lo contrario, llevar a la agenda de gobierno determinado tipo de políticas de supresión y recorte de servicios públicos y ayudas sociales, así como de retroceso de la negociación colectiva laboral parecen contrarias a la referida definición social del Estado según definición constitucional.
Por consiguiente, en este día constatamos que la Constitución vigente tiene arrugas y grietas, que demandan una rápida reparación que habrá de ser producto del diálogo político con reflejo de las voluntades mayoritarias y respeto a las minorías disidentes, producto de la acción política en toda democracia que se precie. Aparcar los problemas de esta índole hace que las fisuras puedan acabar en fracturas de difícil o imposible arreglo, y en esto, los políticos de gobierno tienen la responsabilidad de tomar la iniciativa y ponerse manos a la obra.

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